NIF C-1
Efectivo
Introducción
En
nuestro país, la normatividad contable referente al efectivo tiene varios años
de haberse emitido. En el año 2001 se modificó el Boletín C-1, Efectivo
(Boletín C-1), el cual trajo consigo un cambio importante que consistió en
separar de la norma de efectivo todo lo correspondiente a instrumentos
financieros para incluirse en otras Normas de Información Financiera (NIF).
Razones para emitir esta norma
En
el 2008, el CINIF emitió la NIF B-2, Estado de flujos de efectivo (NIF B-2), la
cual hace precisiones al tratamiento contable del efectivo. Por lo anterior, el
CINIF acordó que era necesario modificar el Boletín C-1 con la finalidad de que
sus disposiciones sean consistentes con la NIF B-2.
Principales cambios en relación con
pronunciamientos anteriores
a)
Se modifica el concepto de efectivo para ser consistente con la NIF B-2;
b)
incorpora los conceptos de:
−
Efectivo restringido;
−
Equivalentes de efectivo;
−
Inversiones disponibles a la vista; y
−
Valor razonable.
Bases del Marco Conceptual que se
utilizaron para la elaboración de esta NIF
La
NIF A-7, la NIF C-1 coadyuva a la adecuada presentación en los estados
financieros del efectivo, equivalentes de efectivo, efectivo restringido e
inversiones disponibles a la vista, en los rubros correspondientes del balance
general.
Asimismo,
la NIF C-1 se fundamenta en la NIF A-6 la cual establece la posibilidad de
utilizar, para ciertas valuaciones contables, la cifra nominal o el valor
razonable dependiendo de los diferentes componentes de efectivo.
Convergencia con las Normas
Internacionales de Información Financiera
Los
conceptos, normas de valuación, presentación y revelación relacionadas con el
efectivo que se encuentran incluidos en la Norma Internacional de Contabilidad
OBJETIVO
Esta
Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas
de valuación, presentación y revelación de las partidas que integran el rubro
de efectivo en el balance general de una entidad.
ALCANCE
Las
disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan
estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de
los usuarios y objetivos de los estados financieros.
Esta
NIF trata sólo las normas de valuación, presentación y revelación del efectivo
dentro del balance genera
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
a)
efectivo
– es la moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios a la vista
disponibles para la operación de la entidad
b)
efectivo
restringido – es aquel efectivo que tiene ciertas limitaciones para su
disponibilidad ya sea de tipo legal o económico
c)
equivalentes
de efectivo – son valores a corto plazo, de gran liquidez, fácilmente
convertibles en efectivo y que están sujetos a cambios poco significativos en
su valor
d)
inversiones
disponibles a la vista – son instrumentos financieros de muy corto plazo que
generan rendimientos, que tienen cambios insignificantes en su valor y cuya
disposición por parte de la entidad se prevé de forma inmediata, tales como
instrumentos financieros destinados a la negociación en muy corto plazo, sin
incluir instrumentos de capital o instrumentos financieros derivados
e)
valor
razonable – representa el monto de efectivo o equivalentes que participantes en
el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un
activo, o para asumir o liquidar un pasivo
NORMAS DE VALUACIÓN
El
efectivo representado por metales preciosos amonedados debe valuarse a su valor
razonable, reconociendo en el estado de resultados los efectos de la valuación.
El
efectivo representado por monedas extranjeras debe valuarse a la fecha de los
estados financieros, al tipo de cambio con el que pudieron haberse realizado a
dicha fecha
En
el caso de las inversiones disponibles a la vista conservadas a vencimiento
deben valuarse a su costo de adquisición más intereses devengados
NORMAS DE PRESENTACIÓN
El
efectivo debe presentarse en el balance general como el primer rubro del activo
circulante sin incluir el efectivo restringido.
El
efectivo restringido debe presentarse ya sea en el activo circulante o en el no
circulante, de acuerdo con la fecha en que se considere desaparecerá la
restricción
Existen
diversas circunstancias en las que los saldos de efectivo están restringidos
para su uso por parte de la entidad. Un ejemplo de tal situación es cuando los
saldos de efectivo de una subsidiaria están restringidos en los estados
financieros consolidados, porque dicha subsidiaria opera en un país donde
existen control de cambios u otras restricciones legales, de manera que los
citados saldos no están disponibles para uso de la controladora o de las demás
subsidiarias.
Cuando
no se tengan convenios de compensación con las instituciones que integran el
sistema financiero, los sobregiros deben mostrarse como un pasivo a corto
plazo, aun cuando se mantengan otras cuentas de cheques en la misma
institución.
Dentro
del estado de resultados, en el resultado integral de financiamiento deben
presentarse:
a)
en
su caso, los ajustes a valor razonable de los equivalentes de efectivo;
b)
las
fluctuaciones cambiarias de la moneda extranjera; y
c)
en
su caso, los intereses generados por el efectivo devengados en el periodo.
NORMAS DE
REVELACIÓN
En las notas a los estados financieros debe
revelarse información acerca de lo siguiente:
a) la integración del efectivo indicando, en
su caso, la política de valuación y la moneda
de su denominación;
b) en caso de que exista efectivo
restringido, deben revelarse las razones de su
restricción y la fecha probable en que ésta
se extinguirá;
c) los importes de efectivo que estén
destinados a un fin específico por parte de la
administración; y
d) el efecto de los hechos posteriores que,
por su importancia, modifiquen
sustancialmente la valuación del efectivo en
moneda extranjera, en metales
preciosos
amonedados y en inversiones disponibles a la vista, entre la fecha de los
estados financieros y la fecha en que éstos son emitidos,
con base en lo establecido
en la NIF B-13, Hechos
posteriores a la fecha de los estados financieros.
.
Comparando el saldo del arqueo contra el saldo que muestra el libro mayor pueden Presentarse dos situaciones:
1. Que el importe del arqueo sea igual al importe registrado en el mayor, en cuyo caso no será necesario efectuar ningún ajuste, puesto que el saldo contabilizado coincide con la realidad.
2. Que el importe del arqueo sea diferente al registrado en el mayor, en cuyo caso las diferencias pueden ser de dos tipos:
a) Que el importe del arqueo sea mayor al saldo según libros.
b) Que el importe del arqueo sea menor al saldo según libros.
FONDO FIJO DE CAJA
De las acepciones de fondo, la que identificamos en nuestra materia es la que se refiere a caudal y caudal significa dinero.
Por tanto, el fondo fijo de caja se refiere al importe de dinero en efectivo que una empresa dispone para un uso específico como es el pago de gastos menores o de urgencias. En las empresas se asigna, por lo general, el fondo fijo a una persona, la cual se responsabiliza del manejo y custodia del mismo. En resumen, se puede decir que el fondo fijo se inicia cuando a una persona se le asigna esa actividad y le entregan una cantidad específica en dinero que al transcurrir el tiempo y por las necesidades de la empresa posiblemente debe ser ampliado, reducido o cancelado. En una empresa se puede crear un fondo fijo, que es lo más común, o varios según las necesidades. Supongamos que una empresa por su dimensión y sus operaciones necesita crear varios fondos fijos de caja y asigna una cantidad a una persona en cada uno de los departamentos de Administración, Ventas y Producción.El fondo fijo de caja siempre debe presentar una cantidad fija, es decir, físicamente debe sumar en dinero o en comprobantes el total de lo asignado para dicho fondo.
De hecho, en el fondo fijo sólo debe canjearse dinero en efectivo por comprobantes de gastos.
ARQUEO DE CAJA
La cuenta Caja debe presentar en cualquier momento, y al finalizar el ejercicio, el
valor nominal del dinero en efectivo y sus equivalentes, propiedad de la entidad,
físicamente representados por billetes, monedas metálicas, giros bancarios,
postales o telegráficos, metales preciosos amonedados y moneda extranjera.
Asimismo, al finalizar el ejercicio, y en cualquier momento en que se juzgue
conveniente, debe cerciorarse de la corrección de la existencia del efectivo en
custodia del cajero, para lo cual se realiza una actividad denominada arqueo de
caja, que consiste en el recuento físico de la existencia del efectivo y sus
equivalentes en poder del cajero. El resultado del arqueo se hará constar en un
documento denominado “arqueo de caja”.
Comparando el saldo del arqueo contra el saldo que muestra el libro mayor pueden Presentarse dos situaciones:
1. Que el importe del arqueo sea igual al importe registrado en el mayor, en cuyo caso no será necesario efectuar ningún ajuste, puesto que el saldo contabilizado coincide con la realidad.
2. Que el importe del arqueo sea diferente al registrado en el mayor, en cuyo caso las diferencias pueden ser de dos tipos:
a) Que el importe del arqueo sea mayor al saldo según libros.
b) Que el importe del arqueo sea menor al saldo según libros.
CORTE DE
CAJA
Es la determinación del
saldo actual partiendo del saldo del día anterior agregándole las entradas y
restándole las salidas del numerario del día.
Este nos
sirve para conocer todos los ingresos y los detalles de los pagos que
recibimos, como por ejemplo el medio de pago; es decir si fue por medio de
verificación bancaria, depósito, tarjeta de crédito y además podemos saber si
el pago ha sido facturado, su número de folio y más información del pago.
Además otro
reporte que presenta esta ventaja es el de folios, si se expiden notas al
momento de pagar en caja, estas poseen un folio que pertenece a una serie, por
cuestiones de seguridad y este reporte te será de gran utilidad.
CONCILIACIÓN
Conciliación Bancaria
La cuenta de bancos registra los aumentos y disminuciones
del efectivo de depositado en instituciones del sistema financiero, por ello
resulta claro que la empresa debe abrir una cuenta de cheque en tales
instituciones, las cuales harán entrega de un talonario de cheques numerados
progresivamente con los datos de la empresa.
Los datos que debe contener un cheque se establecen en el
artículo 176 de la ley general de títulos y operaciones de crédito.
I.
La mención de ser cheque.
II.
El lugar y la fecha en que se expide.
III.
La orden incondicional de pagar una suma
determinada de dinero.
IV.
El nombre del librado.
V.
El lugar de pago.
VI.
La firma del librador.
Cada mes, el banco enviará a la empresa un estado que
muestre los movimientos realizados en ese periodo.
a) El
saldo inicial, que representa la cantidad de efectivo que se tiene depositada
al principio del mes.
b) Los
cheques pagados y demás cantidades que se disminuyeron o restaron de la cuenta.
c) Los
depósitos y demás cantidades que se sumaron a la cuenta.
d) El
saldo finar, que representa la cantidad de efectivo que se tiene depositada y
disponible al fin de mes.
Es pertinente señalar que nuestra relación con el banco
nos coloca ante ellos en la calidad de acreedores; es decir, el banco recibe
dinero de la entidad para su adecuada custodia, asumiendo la obligación de
efectuar los pagos o retiros cada vez que la empresa expida un cheque. Por
ello, lo que la empresa registra como una cuenta de activo de naturaleza
deudora, para el banco representa un registro como un pasivo de naturaleza
acreedora.
En este sentido, cada vez que efectuemos un depósito,
representará un aumento del activo para la empresa, es decir, un cargo, y para
el banco la misma operación representará un aumento, pero en el pasivo, o sea,
un abono. En caso contrario, en cada ocasión que la compañía efectúe retiros
mediante la expedición de cheques, o sea, disminuciones de su activo, éste se
registrará como un abono. Para el banco esta misma operación representa una
disminución en su pasivo, registrada como un cargo.
Diferencias entre el saldo según el auxiliar de bancos y
el estado de cuenta
En el mundo de los negocios, rara vez sucede que los
saldos del auxiliar de bancos coinciden con el saldo del estado de cuenta. Esta
desigualdad puede derivarse, entre otras, de alguna de las siguientes
situaciones:
a) Depósitos
que la empresa efectuó demasiado tarde para poder ser incluidos dentro del
estado de cuenta de ese mes; esos depósitos, que ya forman parte del efectivo
de la entidad y que por su depósito fuera de tiempo no se reflejarán en ese
mes, los denominaremos depósito en tránsito.
b) Cheques
que la empresa expidió y entregó a sus beneficiarios, pero que éstos no se
presentaron a cobrar al banco; a estos cheques pendientes de cobro los
denominaremos cheques en tránsito.
c) Errores
que comete la empresa en sus registros al cargar o abonar de más o de menos.
d) Cargos
por servicios bancarios que el banco cobra a sus cuentahabientes por manejo de
cuenta o por concepto de intereses. Estos importes se conocen cuando se recibe
el estado de cuenta y el banco los maneja mediante aviso de cargo.
e) Cheques
que el banco devuelve porque no se disponía de fondos para cubrirlos. El banco,
al momento de recibir el cheque, lo incrementa en el efectivo de la compañía,
pero al constatar la falta de fondos, lo deduce de la propia cuenta. Estos
cheques también son conocidos al momento de recibir el estado de cuenta y el
aviso de cargo correspondiente; a estos cheques los denominaremos cheques sin
fondos o cheques SF.
f) Pago
de documentos. Es común que la empresa aproveche los servicios que el banco le
brinda para pagar sus documentos, los cuales liquida el banco junto con los
intereses que pudiesen existir. Esta información se recibe al momento de tener
el estado de cuenta y el aviso de cargo correspondiente.
g) Cobro
de documentos. Igual que el caso anterior, las empresas pueden solicitar los
servicios del banco para cobrar sus documentos y los intereses que generen. Por
este servicio el banco cobra honorarios. El cobro de tales documentos se
incrementa a la cuenta de la empresa, y la información se conoce al recibir el
estado de cuenta y el aviso de abono.
h) Errores
cometidos por el banco al registrar cantidades de más o menos, al cargar o
abonar la cuenta de la compañía. Igual que en los casos anteriores, esto se
detecta al momento de recibir el estado de cuenta.
Cuando el saldo del registro auxiliar de bancos de la
empresa no coincide con el saldo del estado de cuenta del banco, es necesario
cotejar los movimientos de los registros de la empresa y con los del estado de
cuenta bancario, para investigar la causa de tales diferencias. Esta actividad
es la conciliación bancaria. De lo anterior podemos decir que:
“La
conciliación es un procedimiento que tiene por objeto determinar razonablemente
las diferencias entre dos cantidades que teóricamente deben ser iguales.”
Ejemplo de una conciliación bancaria.
Ajustes.
Para registrar los ajustes hay que tener presente el
postulado de la entidad económica que señala que cada entidad tiene su propia
personalidad jurídica, la cual es diferente de otras entidades. Esto significa
que, dado que Alpha y Omega, S.A., es la empresa de la que presentamos
información financiera, será precisamente al saldo según auxiliar de bancos de
la empresa al que debemos cargar o abonar las partidas de conciliación; es
decir, sólo haremos los asientos que aparecen en la parte izquierda de la conciliación
bancaria, Saldo según mayor, ya que el banco se encargará de correr y registrar
sus propios ajustes para determinar su saldo conciliado.
Conciliación Aritmética
Tiene por objeto presentar el
efectivo de las “partidas no correspondidas” para comprobar que los datos sean
correctos, por lo menos aritméticamente.
Procedimiento:
Procedimiento:
a) Partiendo
del saldo deudor determinado en nuestra cuenta de bancos, para
llegar a coincidir con el saldo acreedor determinado por el banco.
Cuando se inicia la conciliación aritmética con el saldo deudor determinado en la cuanta de bancos de nuestra empresa, a este se le suman los abonos no correspondidos y se le restan los cargos no correspondidos, para llegar a coincidir con el saldo acreedor determinado por el banco.
Cuando se inicia la conciliación aritmética con el saldo deudor determinado en la cuanta de bancos de nuestra empresa, a este se le suman los abonos no correspondidos y se le restan los cargos no correspondidos, para llegar a coincidir con el saldo acreedor determinado por el banco.
b) Conciliación
aritmética partiendo del saldo acreedor determinado el estado
de cuenta del banco, para llegar a coincidir con el saldo deudor nuestro.
Cuando se inicia la conciliación aritmética con el saldo acreedor determinado en el estado de cuenta del banco, a este se le suman los cargos no correspondidos y se le restan los abonos no correspondidos, para llegar a coincidir con el saldo deudor determinado en nuestra cuenta de bancos.
estructura de la conciliación aritmética
Cuando se inicia la conciliación aritmética con el saldo acreedor determinado en el estado de cuenta del banco, a este se le suman los cargos no correspondidos y se le restan los abonos no correspondidos, para llegar a coincidir con el saldo deudor determinado en nuestra cuenta de bancos.
estructura de la conciliación aritmética
Más Cargos del banco no
correspondido por la empresa
(Retiros no registrados en libros de contabilidad)
Aquí van los retiros registrados en el estado de cuenta y tú no
tienes en tu contabilidad.
Por ejemplo: comisiones, retiros de cajero y otros cargos por pago
con tarjeta de debido
Más Cargos de la empresa no
correspondidos por el banco
(Depósitos no registrados en el estado de cuenta bancario)
Aquí van los depósitos registrados en contabilidad y que no vienen
en tu estado de cuenta
Menos Abonos del banco no
correspondidos por la empresa
(Depósitos no registrados en libros de contabilidad)
Aquí van los depósitos registrados en el estado de cuenta y no en
tu contabilidad
Menos Abonos de la empresa no
correspondidos por el banco
(Retiros no registrados en el estado de cuenta bancario)
Aquí van los cheques, transferencias, desembolsos o retiros
registrados en tu contabilidad,
que no estén reflejados en el estado de cuenta. Por ejemplo un
cheque que aún no ha sido cobrado
Formato de Conciliación Bancaria (aritmética):
Se compara el saldo acreedor del
estado de cuenta del banco con nuestro saldo deudor del auxiliar de bancos por
el mismo periodo, si son iguales ya no se hace nada.
Si los saldos son diferentes
comparamos nuestros depósitos del auxiliar contra
los créditos del estado de cuenta bancario, marcando con una letra las partidas
iguales.
Cotejamos nuestros créditos (cheques)
del auxiliar de bancos contra los cargos del estado de cuenta del banco en
donde marcamos las partidas iguale con números.
Se revisan los dos documentos, el
auxiliar de bancos y el estado de cuenta para sacar todas las cantidades que no
fueron marcadas y se les denomina “partidas en conciliación”
Con las partidas en conciliación se
elabora un resumen conocido como CONCILIACION BANCARIA.
Ejemplo de conciliación aritmética
INTEGRANTES:
- Omar Alejandro Abrajan Taquillo
- Apolo Bello Alarcón
- Jesús Antonio Cortez Pacheco
- Sidel Emid García Ramirez
- Josue Najera Flores
- Alondra Nava Ramirez
- Daniela Marisol Ramirez Niño
- Clara Tecalixco Ahuelican