lunes, 6 de junio de 2016

NIF C-5 Y NIF C-6

NIF C-5
Pagos anticipados y otros activos


OBJETIVO

El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas de valuación, presentación y revelación relativas al rubro de pagos anticipados y otros activos en el estado de posición financiera de una entidad.

ALCANCE
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que emitan estados financieros de acuerdo con lo establecido en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
 Esta NIF no establece el tratamiento de los anticipos de impuestos a la utilidad, ya que este tema se encuentra normado en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad. Tampoco establece las normas relativas al reconocimiento del activo neto proyectado derivado de un plan de beneficios a los empleados cuyo tratamiento se encuentra en la NIF D -3, Beneficios a los empleados.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
 Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los significados que para cada caso se indican:
a) costo de adquisición – es el monto pagado de efectivo o equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición;
b) otros activos – son bienes que se consumen en las diferentes fases del proceso de operación de la entidad, no están destinados para venderse, por lo que no forman parte de los inventarios; y están representados principalmente por insumos menores; y
c) pagos anticipados – son activos derivados de pagos efectuados en efectivo o sus equivalentes con la finalidad de asegurar el abastecimiento, con ciertos beneficios, de servicios o activos que se van a recibir en el desarrollo normal de las operaciones futuras de la entidad
.
ASPECTOS GENERALES
Los pagos anticipados deben clasificarse en:
a) pagos por servicios que se van a recibir en periodos posteriores, como son:
i.                     publicidad pagada antes de iniciar una campaña publicitaria;
ii.                   rentas de inmuebles, instalaciones o equipos, pagadas antes de disfrutar su uso;
iii.                  derechos y contribuciones pagados por periodos que aún no transcurren, como pueden ser el impuesto predial y ciertos derechos;
iv.                 primas de seguros y fianzas liquidada s por periodos de cobertura que aún no transcurren;
v.                   regalías pagadas por periodos que aún no han transcurrido ;
vi.                 cuotas, membresías y suscripciones;

b) pagos por activos que se van a recibir en periodos posteriores, por ejemplo: pagos de la entidad a cuenta de futuras compras de inventarios, de inmuebles, maquinaria y equipo o de activos intangibles.

Los otros activos pueden ser, por ejemplo:
a) papelería y artículos de escritorio;
b) material de apoyo de ventas como: l iteratura, folletos y muestras;
c) material publicitario que vaya a servir para lanzar al mercado un nuevo producto con una campaña que aún no se inicia; y
d) insumos que se requieren para la construcción, instalación u operación de los inmuebles, maquinaria y equipo.
NORMAS DE VALUACIÓN
Pagos anticipados por servicios que se van a recibir
Reconocimiento inicial
Los pagos efectuados por servicios que se van a recibir deben reconocerse inicialmente al monto de efectivo o equivalentes pagados.
Reconocimiento posterior
Al momento de recibir el servicio relativo al pago anticipado, la entidad debe reconocer el importe devengado afectando los resultados del periodo o como parte de algún otro activo, según proceda. Por ejemplo: en el caso de los seguros, éstos se pagan por anticipado ya que el propósito del seguro es comprar protección proactiva en caso de que algún percance ocurra y conforme vaya pasando el periodo de cobertura , debe aplicarse a resultados el importe del pago anticipado.
Pagos anticipados por activos que se van a recibir
Reconocimiento inicial
Los pagos efectuados por activos que se van a recibir deben reconocerse inicialmente al monto de efectivo o equivalentes pagados formando parte del rubro de pagos anticipados , salvo que el proveedor haya transferido a la entidad los beneficios y riesgos inherentes al activo que está por recibirse, en cuyo caso debe atenderse a lo establecido por las NIF relativas a inventarios, inmuebles, maquinaria y equipo o activos intangibles, según corresponda.
Reconocimiento posterior
Cuando la entidad reciba los activos, debe reclasificar el monto reconocido inicialmente en el rubro de pagos anticipados al rubro de activo correspondiente.
Otros activos Reconocimiento inicial
Los otros activos deben valuare en el reconocimiento inicial a su costo de adquisición. 12 Reconocimiento posterior En el periodo en que se consuman los bienes, la entidad debe aplicar el importe de los insumos consumidos ya sea a resultados como un costo o gasto o bien aplicarse como parte del costo de producción de algún activo.
Deterioro
Cuando la entidad determine que los pagos anticipados y/o los otros activos han perdido su capacidad para generar beneficios económicos futuros, el importe no recuperado debe enviarse a los resultados del periodo en que esto suceda.

NORMAS DE PRESENTACIÓN
 Los pagos anticipados por servicios y otros activos deben presentarse como el último rubro de activo circulante cuando el periodo en el cual se espera obtener sus beneficios económicos futuros es igual o menor a un año o al ciclo normal de operaciones de la entidad.

NORMAS DE REVELACIÓN
La entidad debe revelar en notas a los estados financieros la siguiente información sobre pagos anticipados y otros activos:
a) su desglose cuando existan partidas relevantes; y
b) las políticas que utiliza para su reconocimiento contable.

VIGENCIA
 Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2011.



NIF C-6

INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO
OBJETIVO DE LA NIF
El objetivo de esta NIF es establecer las normas particulares de valuación, presentación y revelación relativas a los inmuebles, maquinaria y equipo.

El alcance de esta NIF es para todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

Razones para emitir la NIF C-6:

Converger con los cambios observados por la NIC-16. Propiedades, planta y equipo.
Mejor los criterios normativos del anterior Boletín C-6.
Corregir las referencias con el actual Marco Conceptual.
Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

a) Aclarar los inmuebles, maquinaria y equipo utilizados para desarrollar o mantener activos biológicos y de industrias extractivas forman parte del alcance.
b) Incorporar el tratamiento del intercambio de activos en atención a la sustancia económica.
c) Adicionar las bases para determinar el valor residual de un activo considerando montos actuales de activos similares.
d) Eliminar el procedimiento en el cual las propiedades que han sido adquiridas sin costo alguno o a un costo que es inadecuado para expresar su significado económico, debían asignarse a esas propiedades un valor determinado por avalúo y, con el objeto de precisar razonablemente los resultados subsecuentes, debía reconocerse un superávit donado directamente en los resultados del periodo.
e) Establecer la obligatoriedad de depreciar porciones representativas de cada partida de inmuebles, maquinaria y equipo (componente), independientemente de depreciar el resto de sus partes componentes.
f) Señalar cuando un componente esté sin utilizar debe continuar depreciándose, salvo que utilice métodos de depreciación en función a la actividad.

Elementos del costo de adquisición:

a) Precio de adquisición, incluidos los derechos, impuestos y gastos de importación y los impuestos indirectos no recuperables; así como honorarios profesionales, seguros, almacenaje, etc., que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;
b) Todos los costos directamente atribuibles necesarios para la ubicación del componente en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la administración; y
c) La estimación inicial de costos asociados con el retiro del componente. Una entidad en algunos casos incurre en dicha obligación cuando adquiere el componente o como consecuencia de haber utilizado dicho componente durante un determinado periodo.

Costos que no deben formar parte del costo de adquisición

Los que no recaen sobre su adquisición, ni son necesarios para la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la administración. Ejemplos:

a) Costos de apertura de una nueva instalación productiva;
b) Costos de introducción de un nuevo producto o servicio;
c) Costos de apertura del negocio en nueva localización o un nuevo segmento de clientela; y
d) Costos de administración y otros costos indirectos generales.

Principales rubros establecidos en esta NIF:

Terrenos
Edificio
Maquinaria y equipo
Herramientas y otro equipo de operación
Moldes, troqueles, negativos y otras partidas análogas
Anticipos a proveedores
La NIF no establece un monto mínimo a ser capitalizable o registrado en resultados esta decisión estará en función de las políticas de la compañía, sin embargo existen activos fijos cuyo monto de la inversión es considerable pero su vida útil reducida, por lo que las compras de estos activos se podrán registrar en resultados o capitalizarlas en manteniendo el método de fondo fijo.

Normas aplicables a la depreciación

Un componente puede tener una vida útil y un método de depreciación que coincidan con la vida y el método utilizados para otros componentes de la misma partida.

El monto depreciable de un componente debe asignarse a resultados sistemáticamente a lo largo de su vida útil. La depreciación es un procedimiento que tiene como fin distribuir de una manera sistemática y racional el costo de adquisición de los componentes, menos su valor residual, entre la vida útil estimada de cada tipo de componente. Por tanto, la depreciación es un proceso de distribución y no de valuación.

La depreciación de un componente debe calcularse sobre bases y métodos consistentes a partir de la fecha en que esté disponible para su uso. La depreciación de un componente debe cesar en la fecha más temprana entre aquélla en que el componente se clasifique como destinado a ser vendido de acuerdo con la NIF relativa a la disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas, y la fecha en que se produzca la baja del mismo.

Por tanto, la depreciación no debe cesar cuando el componente esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo; sin embargo, si se utilizan métodos de depreciación en función a la actividad, el cargo por depreciación debe ser nulo cuando no haya actividad temporal de producción.

Existen diversos métodos de depreciación para distribuir el monto depreciable de un componente de forma sistemática y racional a lo largo de su vida útil. Entre los mismos se incluyen métodos de actividad, método de línea recta, métodos de cargos decrecientes y métodos de depreciación especial. Dicho método debe aplicarse uniformemente en todos los periodos, a menos que se haya producido un cambio en el patrón esperado de obtención de dichos beneficios económicos futuros.

Normas aplicables al deterioro

Para determinar si un componente está deteriorado, una entidad debe aplicar la NIF relativa al deterioro en el valor de los activos de larga duración (C-15). Un componente ocioso en periodo operativo o un componente en periodo preoperativo y de instalación considerablemente excedido deben sujetarse a una prueba de deterioro.

Bajas

El valor neto en libros de un componente debe darse de baja:

a) Por su disposición; o
b) Cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.

Normas de valuación
Reconocimiento
La norma general de reconocimiento establece que los pagos anticipados deben reconocerse como un activo por el monto pagado, siempre que sea probable que los beneficios económicos futuros que estén asociados con ellos fluyan hacia la entidad.
Reconocimiento inicial
Los pagos anticipados deben valuarse al monto de efectivo o equivalentes pagados y reconocerse como activo a partir de la fecha en que se hace el pago.

Reconocimiento posterior
Las normas de valuación aplicables en el reconocimiento posterior a los pagos anticipados por bienes y servicios se muestran en la figura 8-4.
De manera general, se puede decir que los pagos anticipados por servicios se aplican a resultados en el periodo durante el cual se devengan los servicios o se obtienen los beneficios del pago hecho por anticipado.
Lo anterior es fácil de comprender si tenemos en cuenta que el activo ha proporcionado a la entidad el beneficio económico fundadamente esperado, y por ello deja de tener potencial para generar ingresos; luego entonces, hay que considerarlo como un gasto del periodo para enfrentarlo contra los ingresos que ayudó a generar, de conformidad con el postulado de la asociación de costos y gastos con ingresos, en razón de que el activo transita del estado de posición financiera al estado de resultados, dejando de ser activo para convertirse en gasto.
El asiento que debemos correr será de cargo a los gastos de operación del periodo, ya sea de venta o administración, según corresponda, con abono al “pago anticipado” que se haya devengado, consumido o utilizado.
La aplicación a resultados deberá efectuarse en el momento en que estos pagos anticipados se hayan devengado.
En cuanto a los pagos anticipados por activos que se van a recibir, en el momento en que esto ocurra se reclasifican al activo correspondiente, es decir, su reclasificación deberá efectuarse en el momento en que estos activos se reciban.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

Los inmuebles, maquinaria y equipo deben presentarse en el estado de posición financiera como activo no circulante, deduciendo del costo de adquisición de estos activos el monto total de su depreciación y deterioro acumulados. La integración de los inmuebles, maquinaria y equipo debe presentarse ya sea en el estado de posición financiera o en notas a los estados financieros.

Los inmuebles, maquinaria y equipo al presentarse en los estados financieros deben clasificarse en:

a) Componentes no sujetos a depreciación, tales como: terrenos, activos en construcción, activos en tránsito, etc.; y
b) Componentes sujetos a depreciación, tales como: edificios, maquinaria y equipo, muebles y enseres, herramienta pesada, vehículos, etcétera.

NORMAS DE REVELACIÓN

En los estados financieros debe revelarse, con respecto a cada una de los rubros de inmuebles, maquinaria y equipo, la siguiente información:

a) Las bases de reconocimiento inicial utilizadas para determinar el costo de adquisición;
b) Los métodos de depreciación utilizados;
c) Las vidas útiles y las tasas de depreciación utilizadas; y
d) El costo de adquisición y la depreciación y deterioro acumulados, tanto al principio como al final de cada periodo.

VIGENCIA

Esta NIF entra en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2011.


Esta NIF deja sin efecto las disposiciones contenidas en el Boletín C-6, Inmuebles, maquinaria y equipo.






INTEGRANTES:

  • Omar Alejandro Abrajan Taquillo
  • Apolo Bello Alarcón
  • Jesús Antonio Cortez Pacheco
  • Sidel Emid García Ramirez
  • Josue Najera Flores
  • Alondra Nava Ramirez
  • Daniela Marisol Ramirez Niño
  • Clara Tecalixco Ahuelican